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miércoles, 24 de abril de 2013

Reseña del libro "Amnistía e Indulto en la legislación boliviana"

Reseña del libro

“AMNISTÍA E INDULTO EN LA LEGISLACIÓN BOLIVIANA”

Autor: Nicolás Cusicanqui Morales

El pasado 12 de abril de 2013, en el Salón de Honor del Ilustre Colegio de Abogados de La Paz, el Dr. Nicolás Cusicanqui Morales, presentó su nuevo libro “Amnistía e Indulto en la legislación boliviana”.

Con esta obra el autor realiza un amplio estudio del Derecho de Gracia, la Amnistía y el Indulto. Asimismo, propone un estudio comparativo entre las figuras más importantes del Derecho de Gracia, recogiendo sus similitudes y diferencias.

En la doctrina nacional, el tema de la Amnistía y del Indulto, solo ha merecido unas cuantas líneas, lo mismo que en la docencia; con la obra del Autor, estos institutos han recibido un tratamiento exhaustivo, que será útil a los fines investigativos y herramienta necesaria para el desarrollo de la docencia de grado y de post-grado.

Luego de la revisión doctrinal, traspone dichos conocimientos para el análisis de la legislación nacional, tanto a nivel constitucional, como también respecto a las leyes penales. Concluye el libro con el análisis crítico del Decreto Presidencial N° 1445 de 19 de diciembre de 2012 de concesión de Indulto, así como de la Fe de Erratas que ha corregido y modificado algunos artículos del Decreto original.

Con la publicación del libro “Amnistía e Indulto en la legislación boliviana” el autor rinde homenaje a la memoria del Dr. Benjamín Miguel Harb, docente de varias generaciones de abogados, que como el Dr. Cusicanqui, cultivan el estudio del Derecho Penal, ampliando la bibliografía nacional respecto a temas de interés y preocupación nacional.

El libro comienza con un sentido homenaje a la memoria del Dr. Benjamín Miguel Harb, profesor emérito de la Facultad de Derecho de la Universidad mayor de San Andrés, a quien el autor confiesa su gratitud y respeto en la influencia de su vida profesional.

Prologa este libro, el penalista Dr. Fernando Villamor Lucia, quien no duda en afirmar que es un trabajo inédito y que reúne las condiciones científicas por el manejo de la bibliografía, la referencia a las fuentes históricas, por lo que considera que el libro en cuestión, es un aporte valioso para el conocimiento de las instituciones en estudio.

En la Introducción a su trabajo, el Autor advierte que muchas veces la ley no es coincidente con la doctrina, y se debe a que los institutos en estudio han sido abordados de diferente manera entre una legislación y otra, en mérito a su propia soberanía, sumando a ello, que su presencia es de carácter político con consecuencias jurídicas pero con un fuerte contenido discrecional por parte de la autoridad competente para otorgarlos. Por ello, cuando la ley es contrastada con la doctrina y no existe las coincidencias con esta última, la medida no deja de ser un Indulto o una Amnistía; más aún, cuando la doctrina no es vinculante sino orientativa para el legislador y para quien tiene la competencia de aplicar la ley. En ese cometido, el Autor, primera hace una revisión doctrinal de los mencionados institutos y luego -con aquellos instrumentos- analiza la Amnistía y el Indulto en la legislación boliviana, concluyendo con el estudio del más reciente Decreto de concesión de Indulto de fines del año 2012.

El libro está compuesto por nueve capítulos, en los cuales se desarrolla lo siguiente:

- Capítulo Primero: El Derecho de Gracia.

1. Antecedentes remotos; 2. Derecho Romano; 3. Edad Media; 4. Monarquía Absoluta; 5. El Derecho de Gracia; 6. Propugnadores del Derecho de Gracia; 7. Opositores al Derecho de Gracia. 8. Atenuación del Derecho de Gracia; 9. Ubicación sistemática y consideraciones para su estudio.

- Capítulo Segundo: La Amnistía.

1. Etimología; 2. Concepto de Amnistía; 3. Clases de Amnistía; 4. Naturaleza legislativa de la Amnistía; 5. Amnistía y administración de justicia; 6. Características y efectos de la Amnistía; 7. Delitos políticos y Amnistía; 8. Proscripción de la auto-amnistía.

- Capítulo Tercero: El Indulto.

1. Etimología; 2. Concepto de Indulto; 3. Características de la concesión del Indulto; 4. Fines del Indulto; 5. Naturaleza del Indulto; 6. Posturas a favor y críticas al Indulto; 7. Clases de Indulto; 8. Características y efectos del Indulto; 10. Dificultades en la otorgación del Indulto.

- Capítulo Cuarto: Amnistía e Indulto: Similitudes y diferencias.

1. Similitudes; a) Con el Derecho de Gracia; b) Como Actos de Gobierno; c) Discrecionalidad en su otorgación, d) Delitos proscriptos del Derecho de Gracia; e) Como medida de beneficio; f) En relación a su otorgación; g) Proscripción de las leyes de auto-beneficio. 2. Diferencias; a) Desde el ámbito teleológico; b) Desde el ámbito procesal; c) Reparación civil; d) La reincidencia.

- Capítulo Quinto: Amnistía e Indulto en la legislación boliviana.

1. Evolución Constitucional de la Amnistía y el Indulto en Bolivia de 1826 a 1880; 2. Constitución Política del Estado de 1921 a 1961; 3. Constitución Política de 1967 a 2004; 4. El problema de la Pena de Muerte y la Conmutación; 5. Constitución Política del Estado de 2009; 6. Limitaciones a la otorgación del Indulto y sus consecuencias en la Constitución Política y en la legislación penal boliviana.; 7. Amnistía e Indulto en el Código Penal y en el Código de Procedimiento Penal; 8. Amnistías e indultos concedidos por el Estado boliviano.
  
- Capítulo Sexto: Decreto Presidencial N° 1445 de 19 de diciembre de 2012 Decreto Presidencial de Concesión de Indulto.

1. Antecedentes; 2. Objeto y finalidad del Decreto de Indulto; 3. Ámbito de aplicación para sentenciados y para detenidos preventivamente; 4. Sujetos pasibles a ser beneficiados con el Indulto; 5. Personas excluidas del beneficio del Indulto; 6. Trámite de solicitud del Indulto; 7. Resolución de concesión de Indulto; 8. Observaciones finales.

- Capítulo Séptimo: Conclusiones.

- Capítulo Octavo: Bibliografía (sesenta y siete libros consignados)

- Capítulo Noveno: Anexos

Anexo 1: Decreto Presidencial N° 1445 de 19 de diciembre de 2012, Decreto Presidencial de Concesión de Indulto
(Contiene la Resolución Nº 08/2012-2013 de la Asamblea Legislativa que aprueba el Indulto y la Fe de Erratas de la Gaceta Nº 468 de 4 de enero de 2013).

Anexo 2: La crisis del sistema penitenciario en Bolivia
(Diagnóstico de la Oficina del Programa “Privados de Libertad” de la Defensoría del Pueblo, basado en investigación propia y en verificaciones defensoriales en los centros penitenciarios del país. La Paz, Octubre de 2012).

Datos del autor: El Autor del libro “Amnistía e Indulto en la legislación boliviana”, Dr. Nicolás Cusicanqui Morales (nicolascusicanqui@hotmail.com), es Abogado titulado de la Universidad Mayor de San Andrés (La Paz, Bolivia), con estudios de Maestría en Derecho Penal y Derecho Procesal Penal de la Universidad Andina “Simón Bolívar” (Órgano académico de la Comunidad Andina de Naciones).

Ha cursado el Diplomado en Ciencias Penales, Derecho Procesal Penal, Derecho Penitenciario, Investigación Criminal, Educación Superior, y Derecho Matrimonial Canónico.

Miembro Titular de la Sociedad Boliviana de Ciencias Penales y de la Academia Boliviana de Ciencias Jurídico-Penales. Docente universitario en el área de Derecho Penal.

Ha escrito el libro “Evolución Histórica del delito de violación en la legislación boliviana” y varios otros artículos y trabajos en el área penal.

Ficha técnica del libro “Amnistía e Indulto en la legislación boliviana”
Autor: Dr. Nicolás Cusicanqui Morales
Edición: 1º Edición, Abril de 2013. Depósito Legal Nº 4-1-781-13. Impreso en Bolivia.
Impresión: Editorial e imprenta “El Original – San José”. Dimensión: 15,5 x 21 (310 páginas).

lunes, 9 de enero de 2012

Publicaciones 2011: Serie Derecho Penal - Año 1

Amigos les dejo las publicaciones que se realizó el año 2011, en la Serie Derecho Penal (Año 1).
Debajo de la imagen, de la tapa de cada trabajo, pueden encontrar un resumen del contenido.
Por otra parte,  al final de cada trabajo, se adjunta el link de descarga que remite al servidor de mediafire.com, donde se alojó los respectivas publicaciones.

Saludos.

Nicolás Cusicanqui Morales



Resumen:

En el presente trabajo, se realiza consideraciones teóricas sobre el Indulto, respecto a sus características, similitudes y diferencias con la Amnistía. Asimismo, se valoran sus finalidades y las críticas que pesan sobre ambas instituciones.
       
Por otro lado, se estudia el Indulto en la legislación boliviana desde la perspectiva de la Constitución Política del Estado, el Código Penal, la Ley de Ejecución Penal y supervisión, así como las consecuencias jurídicas que se suscitan en la ejecución de la pena, cuando existe sentencia condenatoria por delitos que no permiten Indulto. Finalmente, se ensayan algunas conclusiones y recomendaciones.

Link de descarga:
http://www.mediafire.com/?6iz1czwetq6vjbe


Resumen

Análisis Parcial de la Ley Nº 07 de 18 de mayo de 2010 “Ley de Modificaciones al Sistema Normativo Penal”. En la presente edición digital, solo se presenta el Capítulo I y VII, de la próxima publicación impresa, con todos los artículos comentados de la mencionada Ley. En el Capítulo I, puede verse un análisis técnico sobre la Ley Nº 07, la técnica legislativa usada y observaciones al nomen juris de la Ley.

En el capítulo VII, puede encontrarse en el texto de la Ley, algunos párrafos subrayados que constituyen el cambio en la nueva ley, y en pie de página se encuentra la anterior legislación, para fines de comparación legislativa. El presente adelanto, es un Homenaje al Aniversario de la Revolución del 16 de julio de 1809.

Link de descarga:



Resumen:

En esta publicación se ha compilado, la Ley contra el Racismo y toda forma de Discriminación (Ley N° 045 de 8 de octubre de 2010) y su Reglamento (Decreto Supremo n° 0762 de 5 de enero de 2011).
Ambas fueron tomadas de la página de la Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia, sin alterar su contenido textual. http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/

Por otra parte, se incluye una “Exposición de Motivos” -no oficial- de la Ley contra el Racismo y toda forma de Discriminación, así como el Informe de la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados de 30 de agosto de 2010, mediante el cual, se recomienda la aprobación del Proyecto de Ley Nº 737/2010 “Contra el Racismo y toda forma de Discriminación”.

Link de descarga:


Resumen

El presente trabajo, está dedicado al análisis crítico del delito de Genocidio y las “masacres sangrientas” que hace referencia el Código Penal en su Artículo 138º. Para tal fin, se hará una revisión histórica de los antecedentes de esta figura, para luego hacer un análisis comparativo con la Convención sobre el Genocidio de 1948. En esta labor se ha consultado, la legislación nacional e internacional ratificada por Bolivia, así como autores e instituciones nacionales como el Defensor del Pueblo y el Tribunal Constitucional que han dado luces para ubicar la posición que debe tener este delito, así como el lugar que deben tener las “masacres sangrientas”. Dichos resultados, son parte de las conclusiones a las que se ha arribado.

Link de descarga:


Resumen:

Extracto de la Obra “Evolución Histórica del Delito de Violación en la legislación boliviana 1834 -1999”. Contiene los siguientes puntos:
(I) Justificación; (II) Algunos casos paradigmáticos de violación a menores; (III) Antecedentes de la Ley Nº 2033 de 29 de octubre de 1999; (IV) Características de la ley de protección a las víctimas de delitos contra la libertad sexual; (V) El delito de violación, y el ejercicio de la acción penal; (VI) El delito de violación en la Ley Nº 2033; (VII) Interpretación dogmática del delito de violación; (VIII) La violación de niño, niña o adolescente; (IX) violación en estado de inconsciencia; (X) El estupro; (XI) Agravación en los delitos contra la libertad sexual; (XII) Abuso deshonesto

Link de descarga:


Resumen:

A finales del año 2009, el entonces Diputado Guillermo Mendoza Avilés por el Frente de Unidad Nacional (UN), presentó un proyecto de Ley de “Rigurosidad penal para agresores sexuales de la niñez y adolescencia”, donde se incluye una serie de medidas penales para la contención de los delitos sexuales, y dentro de ellas la castración química y la quirúrgica.

En tal sentido, el presente trabajo, hace un análisis crítico al mencionado proyecto, recurriendo para ello a la contrastación doctrinal sobre los delitos que atacan la libertad sexual, así como la dogmática o interpretación técnica de nuestra legislación. Finalmente, estas líneas, representan la posición del autor respecto a esta tipo de iniciativas legislativas.

Link de descarga:

sábado, 10 de diciembre de 2011

Recordando al Dr. Benjamin Miguel Harb (18 de octubre de 1926 - 10 de diciembre de 2008)


A la memoria de Benjamín Miguel Harb
Profesor Emérito de la Facultad de Derecho
de la Universidad Mayor de San Andrés
La Paz, Bolivia 1926 - 2008

Hablar del Dr. Benjamín Miguel Harb, es hablar de aquella pléyade de grandes ciudadanos que dieron prestigio a nuestra Nación, así el Dr. Miguel desde la Cátedra Universitaria, desde las labores del Poder Legislativo o simplemente desde la relación de amistad y confraternidad, siempre irradio sabiduría en cada uno de los actos que le cupo hacer.
El Dr. Benjamín Miguel, nació el 18 de octubre de 1926, realizó sus estudios de primaria y secundaria en el Colegio La Salle de La Paz, luego en sus estudios superiores conseguiría las licenciaturas en Derecho y Ciencias Políticas, así como las de Filosofía y Letras de la Universidad Mayor de San Andrés, casa Universitaria en la cual fue discípulo de los doctores Huáscar Cajías y Walter Flores Torríco, luego en calidad de Docente estaría ligado a esa Casa Universitaria  por más de cuarenta años siendo Profesor Emérito de la Carrera de Derecho en la Cátedra de Derecho Penal, asimismo, impartiendo clases de Criminología, Derecho Romano, por otro lado, Historia del Arte, Metafísica, Ontología, Filosofía Moderna en la Facultad de Filosofía y Letras.
Dentro de su prolífica actividad fuera de nuestras fronteras, obtuvo el Doctorado en Política Internacional de la Universidad Internacional de Estudios Sociales de Roma – Italia. Por la siempre azarosa vida política de Bolivia, y durante la dictadura fue exiliado del país, pero en mérito a su gran prestigio profesional fue acogido en las aulas académicas de Paraguay, Argentina y Venezuela, siendo que en tal oportunidad, fue Catedrático de Teoría del Estado de la Universidad Católica de Asunción – Paraguay; Catedrático de Derecho Constitucional y Derecho Administrativo de la Universidad Nacional de Lomas de Zamora de Buenos Aires, Argentina; Catedrático de Filosofía de Derecho (Escuela de Derecho), Desarrollo Político Boliviano y Derechos Humanos (Escuela de Ciencias Políticas) de las Universidad Central de Caracas – Venezuela, allí en 1976, escribiría su obra Código Penal Boliviano (anotado y concordado).
En su vida pública se desempeñó como Presidente Fundador del Seguro Social Universitario de la Universidad Mayor de San Andrés, Presidente Ejecutivo de la Caja Nacional de Seguridad Social, Alcalde Municipal de la Ciudad de La Paz, Ministro Secretario General de la Presidencia, Senador por el Departamento de La Paz, Diputado por el Departamento de La Paz siendo Decano de la misma, Vicepresidente de la Honorable Cámara de Diputados, Vicepresidente del Consejo Nacional de Reforma del Poder Judicial y Ley del Ministerio Público, Experto y Vicepresidente de la Comisión de Prevención del Delito y Justicia Penal de las Naciones Unidas.
El año 1977, junto a otros penalistas, fundó la Sociedad Boliviana de Ciencias Penales, institución a la que perteneció a lo largo de treinta años, siendo que en la misma brindó sus aportes intelectuales, en las diferentes actividades académicas que se realizó como seminarios, conferencias, cursos de actualización, con las más diversas temáticas dentro del campo del Derecho Penal, Criminología, Derecho Constitucional, donde expuso sus ideas, siempre actuales, siempre interesantes; también su pensamiento se plasmó, en una serié de artículos que fueron publicado por la Revista Especializada de la Sociedad Boliviana de Ciencias Penales. En su vida institucional, fue socio activo de la Sociedad, acudiendo con puntualidad a todas las reuniones ordinarias y extraordinarias que se programaron, nunca faltó a las reuniones, y si lo hizo en las poquísimas veces que ocurrió en más de tres lustros fue por situaciones en extremo excepcionales; Asimismo, fue Presidente de la Sociedad durante algunas gestiones, para luego convertirse en Presidente Honorario, y referente obligado para cualquier decisión que se asumiría a favor de su institución.
En los últimos años, asumió el papel de patricio de la Sociedad y en su sabiduría y experiencia supo responder los desafíos que venían con el tiempo y el cambio de la legislación de penal, así como el giro de la política nacional y su consiguiente modificación legislativa.
Sin embargo de todo lo arriba señalado, en el Dr. Benjamín Miguel Harb, confluía las virtudes de un gran persona, conocedor de nuestra realidad, gran luchador de la democracia, amigo leal, respetuoso de la libertad, innegable Maestro, investigador acucioso, incansable trabajador, y ejemplo de vida para muchas generaciones. Su vida inspiradora, ha alentado a muchos hombres y mujeres a seguir el camino recto de las leyes y de los desafíos nacionales, en estos momentos en que tanta falta nos hace, contar con hombres de la talla del Dr. Miguel, solo nos cabe recordar con tristeza, aquel fatídico 10 de diciembre de 2008, en que el corazón le jugó una mala pasada, despojándonos –a quienes le conocíamos- del Maestro, del político, del padre, del Socio, y en especial de uno de los grandes bolivianos.
Hoy, a tres años de su partida, todavía me son frescos los recuerdos del Maestro que llegaba antes que sus alumnos para darse tiempo de escribir en las viejas pizarras de la Facultad de Derecho de la UMSA, los temas que iba a desarrollar en su clase, la cual estaba siempre matizada de información histórica de primera mano, y es que en su labor legislativa, vio el transcurrir el proceso legislativo de muchas leyes penales que aún están vigentes.
Mientras con impaciencia, a finales de los noventa, esperaba mi turno para rendir Examen de Grado en Área Penal, tuve la fortuna de volver a pasar clases con el Dr. Miguel en calidad de oyente, con la intención de asistir a un par de clases de Derecho Penal Parte General y Derecho Penal Parte Especial, sin embargo, esa calidad de alumno, no estaba en los planes de nuestro Profesor, quien de manera tajante me dio a escoger en venir a todas sus clases o a ninguna.
Es así que durante todo el año, volví a estudiar el Programa Penal que creía conocer, pero en esta oportunidad, contaba con la generosa amistad y guia del Dr. Benjamín Miguel, ayuda que se prolongaba incluso fuera de clases, donde en esas inolvidables caminatas rumbo a su oficina que quedaba a una cuantas cuadras, nuestro Maestro, con la paciencia de sus mejores años, me volvía explicar todo aquello que no entendía o cuestionaba. En esos momentos, me sentía el más afortunado de mis condiscípulos. También al mismo tiempo, nacía en mí, el apego por la docencia universitaria, un tanto, por devolver los conocimientos que se me habían brindado, y otro tanto, por el deseo de honrar a la persona que tanto ha influido en mi vida profesional.
Seguramente, como yo, muchos otros tienen diversos recuerdos del Dr. Miguel, como aquellos memorables exámenes finales de la materia, en la que en un solo examen de manera oral, se definía si se podía seguir escalando la malla curricular de la Carrera o si por el contrario, se debía repetir la materia en un nuevo y largo año académico. En esos recuerdos, viene a mi mente, un día en que como siempre muy temprano, nuestro Profesor llegó con la salud afectada por esos fríos inviernos de la Ciudad de La Paz, ocasión en que le exprese, que era mejor que se haya quedado en casa para guardar reposo, a lo que me contesto, que no podía darse ese lujo, ya que había muchos alumnos que viene desde muy lejos como Viacha o la inmensa Ciudad de El Alto, ya sea tomando más de una vehículo de transporte o finalmente caminado por muchísimas cuadras hasta llegar al final de la Calle Potosí donde se encuentra la Facultad de Derecho, añadiendo además, que si había alumnos que llegaban a primera hora de la mañana a sus clases pasando previamente por esas peripecias, era porque tenían verdaderos deseos de estudiar, y que por ello, él no podía defraudarlos sin dar previo aviso de su inasistencia. Ese pasaje, siempre lo tengo presente, más aun, cuando me ha tocado esperar largamente a otros docentes quienes sin desparpajo y hasta omitiendo una obligada disculpa, pretextan el haber tenido una audiencia, una reunión, o cualquier otra situación, que parece ser más importante que dejar esperando a sus alumnos.
Terminando estas líneas, no puedo más que recordar con añoranza aquel tiempo en el que como estudiante tenía ese sentimiento de amparo, de saber que su Maestro le brindaba su apoyo, y su confianza. Lastimosamente, aquello que sentimos, no podrá repetirse en esta vida.   
    

Dios tenga en su gloria al Dr. Benjamín Miguel Harb.

martes, 9 de agosto de 2011

Ley contra el racismo y toda forma de discriminación

LEY CONTRA EL RACISMO Y TODA FORMA DE DISCRIMINACIÓN
Reglamento a la Ley contra el Racismo y toda forma de discriminación (Compilación
Resumen:
En esta publicación se ha compilado, la Ley contra el Racismo y toda forma de Discriminación (Ley N° 045 de 8 de octubre de 2010) y su Reglamento (Decreto Supremo n° 0762 de 5 de enero de 2011).
Ambas fueron tomadas de la página de la Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia, sin alterar su contenido textual. http://www.gacetaoficialdebolivia.gob.bo/

Por otra parte, se incluye una “Exposición de Motivos” -no oficial- de la Ley contra el Racismo y toda forma de Discriminación, así como el Informe de la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados de 30 de agosto de 2010, mediante el cual, se recomienda la aprobación del Proyecto de Ley Nº 737/2010 “Contra el Racismo y toda forma de Discriminación”.

Como citar:
CUSICANQUI MORALES, Nicolás (Compilador). Ley contra el Racismo y toda forma de Discriminación y su Reglamento. Edición Digital. La Paz-Bolivia, febrero de 2011

Palabras Claves:
Ley contra el racismo, Racismo en Bolivia, Discriminación en Bolivia, Delito de Racismo, Ley antirracista, nuevas leyes de Bolivia

La Paz – Bolivia, 2011

LINK DE DESCARGA:

http://www.mediafire.com/?shidszzh4ersndo

miércoles, 27 de abril de 2011

LA DETERMINACIÓN DE LA PENA EN BOLIVIA (Nicolás Cusicanqui Morales)

LA DETERMINACIÓN DE LA PENA EN BOLIVIA
Nicolas Cusicanqui Morales
Resumen:
La determinación de la pena es el acto mediante el cual el Juez fija las consecuencias de un delito. No se trata únicamente de la elección de la clase y monto de la pena, sino que el concepto hace referencia también a cuestiones que se relacionan con el modo de ejecución de la pena establecida, tales como la ejecución de la suspensión, el cump limiento en un establecimiento determinado o bajo ciertas condiciones, la imposición de deberes especiales, la indemnización del daño o la forma de pago de la multa, entre otras. Se trata de un acto complejo, en el cual, según las disposiciones legales, se debe dar cumplimiento a las diferentes funciones de la reacción penal estatal frente a la comisión de un hecho punible.

En nuestro Sistema Penal es una facultad exclusivamente jurisdiccional acorde con el principio de legalidad; sin embargo lo que parece precisado sin lugar a dudas en nuestro Código Penal, se complica cuando a la fijación de la sanción, se debe tomar en cuenta el fin de la pena como es la enmienda, la readaptación social, la prevención general y especial.

La Paz – Bolivia 2011

Link de descarga de este trabajo:

INDICE

INTRODUCCIÓN

CAPÍTULO I: TEORÍA GENERAL DE LA DETERMINACIÓN DE LA PENA

Antecedentes históricos; Concepto de determinación de la pena; Momentos o etapas de la determinación de la pena; Sistemas de determinación de la pena; Criterios que rigen la determinación de la pena; Elementos a considerar en la determinación de la pena; Principios jurídicos que rigen la determinación de la pena; Elementos sustanciales de la determinación de la pena en el dictado de sentencia; Obligación de motivar la sentencia con respecto a la determinación de la pena del procesado; Porque se debe fundamentar la sentencia penal sobre determinación de la pena; La valoración de la personalidad del procesado en la fijación de la pena es un arbitrio del juez reglado

CAPÍTULO II: ANÁLISIS DE LA LEGISLACIÓN PENAL BOLIVIANA

La teoría de la pena que sigue la legislación boliviana; Clasificación de las penas; Elementos a considerar en la determinación de la pena en la legislación penal boliviana; Elementos propiamente relativos a la personalidad del procesado; Elementos relativos a la víctima del delito; La Obligación de motivar la sentencia con respecto a la determinación de la pena en la legislación procesal boliviana; La obligación de fijar la pena de acuerdo a los fines de la pena en la legislación penal.

CONCLUSIONES

BIBLIOGRAFÍA