sábado, 27 de septiembre de 2014

Diplomado en Ciencias Penales - Postgrado UMSA / Modulo "La Culpabilidad"




Plan Académico

DIPLOMADO EN CIENCIAS PENALES

MODULO V: LA CULPABILIDAD

 


   I.     CURRÍCULUM ACADÉMICO (Resumen)

NICOLÁS CUSICANQUI MORALES, (nicoláscusicanqui@hotmail.com) Licenciado en Derecho (UMSA – Universidad Mayor de San Andrés). Maestría en Ciencias Penales y Derecho Procesal (UASB – Universidad Andina Simón Bolívar). Diplomado en Ciencias Penales (UDABOL – Universidad de Aquino Bolivia). Diplomado en Derecho Procesal Penal (UDABOL). Diplomado en Criminalística e Investigación Criminal (Universidad “Los Andes”) Diplomado en Derecho Penitenciario (Universidad “Los Andes”). Diplomado en Educación Superior (UMSA). Diplomado en Educación Superior (UDABOL).

PUBLICACIONES:

“Determinación de la pena – elementos doctrinales” 1º Edición. Editorial Académica Española. Publicado el 26 de junio de 2014 (ISBN 978-3-8484-7415-8)
“Amnistía e Indulto en la legislación boliviana – Segunda parte” (Incluye el análisis del Decreto Presidencial de Indulto y Amnistía, Nº 1723 de 11 de septiembre de 2013) 1º Edición. Editor “Nuevo Siglo – Centro de Capacitación”. La Paz-Bolivia abril de 2014 (Registro en trámite)
“Amnistía e indulto en la legislación boliviana” (Incluye el análisis del Decreto Presidencial de Concesión de Indulto Nº 1445 de 19 de diciembre de 2012). 1º Edición. Editorial e Imprenta “El Original – San José”. La Paz-Bolivia abril de 2013 (Depósito Legal Nº 4-1-781-13)
“Evolución histórica del delito de violación en la legislación boliviana (1834-1999)” 2º. Edición Aumentada y corregida. Edición “Azul Editores” La Paz-Bolivia agosto de 2007. (ISBN 978-99905-844-7-9). 1º. Edición “Universidad de Aquino Bolivia”, La Paz-Bolivia agosto de 2006. (ISBN 99905-895-2-6).

ARTÍCULOS PUBLICADOS:

Genocidio y “masacres sangrientas” en la legislación boliviana (Análisis crítico); Delitos sexuales Revisión histórica - dogmática de la legislación boliviana; Análisis parcial de la Ley Nº 07 de 18 de mayo de 2010 “Ley de modificaciones al sistema normativo penal”; Análisis del proyecto de ley: “Rigurosidad penal para agresores sexuales de la niñez y adolescencia”; Decreto Supremo Nº 0138 de 20 de mayo de 2009 “Procedimiento para determinar la jurisdicción, la aplicación de medidas cautelares sobre el patrimonio, medios e instrumentos que hubieran sido utilizados o estuviesen comprometidos, en la comisión de los delitos de Terrorismo, Sedición o Alzamientos Armados contra la Seguridad y Soberanía del Estado”; “El delito de Trata y Tráfico de personas en el código penal boliviano (interpretación dogmática y análisis crítico)”; “El Indulto en la legislación boliviana”; “Delitos contra la libertad sexual – texto ordenado”; “Limitación del arbitrio judicial, en la determinación judicial de la pena, en el sistema judicial boliviano”; “El delito de genocidio y las masacres sangrientas”; “Nuevos tipos penales en la legislación boliviana”; “Bases jurídico-penales, para la investigación de delitos informáticos”; “El fin de la pena, en el sistema penitenciario”; “Critica del delito de comisión por omisión en el código penal boliviano”.


 II.     OBJETIVO GENERAL

     Comprender el significado, contenido y alcance de la culpabilidad dentro de la Teoría General del Delito.


III.     OBJETIVOS ESPECÍFICOS

·      Identificar y comprender las diferentes propuestas teóricas sobre la culpabilidad.
·      Comprender la relevancia de la exigibilidad en la norma, como base para el juicio de reproche.
·      Identificar los fundamentos materiales de la culpabilidad.
·      Comprender las causas de inculpabilidad, como eximentes de responsabilidad penal.
·      Analizar la categoría de la Culpabilidad, dentro del Código Penal Boliviano.


IV.     METODOLOGÍA

Se utilizará un método constructivista con la transmisión del conocimiento teórico y descriptivo que haga posible la comprensión de las categorías conceptuales de la culpabilidad como elemento trascendental del delito para la imposición de la pena, generando el análisis y la reflexión del conocimiento y su aplicación en la práctica, con la participación de todos los cursantes, mediante la exposición, el debate y resolución de casos prácticos por los cursantes.


 V.     RESUMEN DEL MODULO V: LA CULPABILIDAD

La teoría jurídica del delito se estructura en dos grandes bloques. En el primer bloque, se ha estudiado el Injusto Penal (Tipo de Injusto) que comprende el análisis de la Acción, la Tipicidad y la Antijuridicidad.
En el segundo bloque se estudiará lo que tradicionalmente se denomina como “Culpabilidad”, y que también es conocida con otros términos: Imputación subjetiva, Imputación personal, Atribuibilidad, Motivabilidad, etc. La búsqueda de una expresión distinta a “culpabilidad” para referirse a este nivel de la teoría del delito se debe en gran medida a la carga moralizante, incluso religiosa, que la palabra culpa ha tenido desde siempre.

Por otro lado, esas opciones terminológicas entroncan con la distinta forma de entender las razones por las que puede exigirse responsabilidad penal a un sujeto por su hecho antijurídico, esos requisitos comunes se agrupan en tres categorías: la imputabilidad-inimputabilidad, el conocimiento de la antijuridicidad-error de prohibición, la exigibilidad de la conducta conforme a derecho-inexigibilidad.


VI.     CONTENIDO ANALÍTICO

1. LA CULPABILIDAD. Aspectos generales; Precisiones terminológicas; El Principio de  Culpabilidad y la Culpabilidad como categoría de la Teoría del Delito; Evolución histórica. Culpabilidad de acto y Culpabilidad de autor; Ubicación sistemática de la Culpabilidad (El Injusto y la Culpabilidad). Precisión del dolo y la culpa dentro del tipo de injusto subjetivo en la sistemática actual.

2. TEORÍAS DE LA CULPABILIDAD. Teoría Psicológica; Teoría Normativa; La Culpabilidad en la actualidad; Toma de posición en el concepto de Culpabilidad. Fundamento material de la Culpabilidad (Libertad y Determinismo). Reprochabilidad y Motivabilidad.

3. ELEMENTOS DE LA CULPABILIDAD.  Imputabilidad o capacidad de culpabilidad; El conocimiento de la antijuridicidad del hecho cometido; La exigibilidad de un comportamiento distinto.

4. CAUSAS DE EXCLUSIÓN DE LA CAPACIDAD DE CULPABILIDAD: LA INIMPUTABILIDAD. Enfermedad mental; Grave perturbación de la conciencia; Grave insuficiencia de la inteligencia. Consecuencias jurídicas. Las “actio libera in causa”; Sistema del Código Penal Boliviano.

5. CAUSAS DE EXCLUSIÓN POR DESCONOCIMIENTO DE LA ANTIJURIDICIDAD. El conocimiento de la antijuridicidad (Función motivadora de la norma penal); Error de prohibición (Error vencible e invencible); (Diferencia con el Error de Tipo); El error culturalmente condicionado; La no exigibilidad de otra conducta; Estado de necesidad disculpante. (Diferencia con el Estado de necesidad justificante). Miedo insuperable. Excusas absolutorias. Sistema del Código Penal Boliviano.


VII.     CALENDARIO DE CLASES

Del 22 al 25 de septiembre de 2014. Horario: 7:00 a 09:30


VIII.     MATERIALES

Multimedia (Datashow) y Pizarra
Los cursantes deben traer:
Constitución Política del Estado (2009)
Código Penal Boliviano (Actualizado)
Ley Nº 1768 de 10 de marzo de 1997 – Ley de Modificaciones al Código Penal
Exposición de Motivos de la Ley Nº 1768
Código de Procedimiento Penal (Actualizado)


IX.     EVALUACIÓN

A la finalización del módulo, se tomará una evaluación escrita sobre 100 puntos, a quienes tengan como asistencia 80% de clases. La nota de aprobación es de 66 puntos.


  X.     REFERENCIA BIBLIOGRÁFICA

1.   Muñoz Conde, Francisco; García Arán, Mercedes. “Derecho Penal”  Parte General. Sexta Edición. Edit. Tirant lo blanch. Valencia-España, 2004.

2.   Zaffaroni, Eugenio Raúl; Slokar, Alejandro; Alagia, Alejandro. “Manual de Derecho Penal: Parte General”. 1º Edición. Edit. Ediar. Buenos Aires-Argentina, 2007.

3.   Roxin, Claus. “La Teoría del Delito en la discusión actual”. 1º Edic. Edit. Grijley. Lima-Perú, 2007.

4.   Luzón Peña, Diego Manuel. “Curso de Derecho Penal” Parte General I. Edit. Universitas S.A. Madrid-España, 1999.

5.   Hans Welzel. “El Nuevo sistema del Derecho Penal” (Una introducción a la acción finalista). Colección Bibliográfica de Ciencias Jurídica Penales. Viceministerio de Justica y Derechos Humanos. La Paz-Bolivia, 2007.

6.   Günter Stratenwerth. “Derecho Penal. Parte General I. El hecho Punible) 4º Edición reelaborada. Edit. Hammurabi. Buenos Aires-Argentina, 2007.
7.   Chaparro Guerra, Ayar. “Fundamentos de la teoría del delito” 1º Edición. Librería Jurídica Grijley. Lima-Perú, 2011.

8.   Villamor Lucia, Fernando. “Derecho Penal Boliviano – Parte General. Tomo I”. 2º Edición actualizada. Imp. Inspiración Cards. La Paz-Bolivia, 2007.

9.   Valda Daza, Jorge José. “Código Penal Boliviano Comentado. Tomo I” 3º Edic. Edit. El Original “San Jose”. La Paz-Bolivia, 2014.

10.  Villamor Lucia, Fernando. “Comentarios y adecuación a la reforma de las leyes penales”. 2º Edición actualizada. Imp. Inspiración Cards. La Paz-Bolivia, 1997.

11.  Chivi Vargas, Idón. “Diagnóstico del Código Penal Boliviano, dese la pluralidad y el pluralismo jurídico”. Viceministerio de Justica. La Paz-Bolivia, 2008
https://www.unifr.ch/ddp1/derechopenal/articulos/a_20081006_03.pdf

12.    Núñez de Arco, Jorge. “El Informe Pericial en Psiquiatría Forense” (Cap. 14º  Imputabilidad en las enfermedades mentales). Ed. Universidad San Francisco Xavier de Chuquisaca. Sucre-Bolivia, 2007 (www.nunezdearco.com/PDF/Imputabilidad%20en%20enfermedades.doc)

Para ver la Culpabilidad en el esquema causalista:

13.  Jiménez de Asúa, Luis. “Principios de Derecho Penal – La Ley y el Delito”. 3 Edición – Reimpresión de 1997. Abeledo Perrot. Edit. Sudamericana. Buenos Aires-Argentina, 1997.


14.  Miguel Harb, Benjamín. “Derecho Penal – Tomo I. Parte General” 4º Edición. Librería Edit. “Juventud”. La Paz-Bolivia, 1992.




jueves, 7 de agosto de 2014

Libro: "Determinación de la Pena" (Elementos doctrinales)


Introducción

La individualización o determinación de la pena es el acto mediante el cual, el juez fija las consecuencias de un delito. Se trata de un acto complejo, en el que se debe dar cumplimiento a las diferentes funciones de la reacción penal estatal frente a la comisión de un hecho punible.

Con la presente publicación, se pretende otorgar un análisis concreto y sistematizado de aquellas cuestiones que hacen a la medición de la pena, siendo que este tema -hasta el día de hoy- sigue discutiéndose en el Derecho Penal, tanto desde la Penología como desde el Derecho Procesal Penal.

El presente trabajo, se circunscribe al momento en que el Juez, teniendo la convicción sobre la autoría de un hecho delictivo, debe imponer una pena en los límites mínimos o máximos que establece el tipo penal. Sin embargo, este ejercicio que puede ser en apariencia fácil, es en concreto, un ejercicio complejo que tiene una serie de reglas doctrinales, que en más de los casos no han sido legisladas, con la misma intensidad
de las reglas del proceso penal, es decir, que en el momento más importante y culmine del proceso, el juez se encuentra solo ante un amplio panorama que solo le ha marcado los límites máximos y mínimos. Es en ese entendido, que con esta publicación se pretende otorgar los criterios doctrinales mínimos que se deben tomar en cuenta para el ejercicio de medición de la pena estatal.

De esta manera, se dedican tres capítulos al ámbito doctrinal, así tenemos, la Teoría general de la determinación de la pena; Elementos a considerar en la determinación
de la pena y los Principios jurídicos que rigen la determinación de la pena.

En el cuarto capítulo, se ofrece un análisis de la legislación penal boliviana, de donde nace originalmente el afán de sistematizar y ordenar los elementos doctrinales que hacen al estudio de la medición de la pena. En esta legislación, concurren dos cuerpos normativos que no han sido compatibilizados, ya que el Código Penal, de mediados del Siglo XX, tiene su propia lógica, orden y equilibrio y correspondiéndole su propio Código de Procedimiento Penal de corte inquisitivo, que difiere en esencia del nuevo Código de Procedimiento Penal, en el que la labor del juez ha sido limitada a la calidad de actividad que otorgan las partes, situación que repercute sobre la valoración de otros elementos que no están dentro de las pruebas propuestas, y por lo tanto, impidiéndole tener elementos de valoración sobre otras circunstancias del hecho, la personalidad del procesado o de la propia víctima, elementos que en última instancia determinan una mayor o menor gravedad de la pena. Con esa misma intención, al final, se revisa la legislación de otros países.


Sin otro particular ofrecemos esta publicación, como un pequeño aporte para el estudio básico de la determinación de la pena.

ÍNDICE

INTRODUCCIÓN

CAPÍTULO PRIMERO
TEORÍA GENERAL DE LA
DETERMINACIÓN DE LA PENA

1. Antecedentes históricos
Primera etapa: la determinación de la pena no tiene ninguna regla
Segunda etapa: la determinación de la pena tiene reglas aunque todavía existe
el arbitrio judicial para su fijación.

2. Concepto de determinación de la pena 
Características de la determinación de la pena

3. Momentos o etapas de la determinación de la pena
Determinación de la pena legal
Determinación de la pena judicial
Determinación de la pena ejecutiva o Administrativa

4. Sistemas de determinación de la pena
Sistema de determinación legal absoluta o de total determinación
Sistema de indeterminación judicial relativa o de parcial determinación
Sistema de indeterminación legal absoluta o de indeterminación
de la pena
Sistema flexible

5. Criterios que rigen la determinación de la pena
Teoría absoluta de la pena
Teoría relativa de la pena
Teorías relativas de la pena
Teoría de la prevención especial de la pena
Teoría de la prevención general de la pena
Teoría unificadora de la pena o Teorías mixtas


CAPITULO SEGUNDO
ELEMENTOS A CONSIDERAR EN LA
DETERMINACIÓN DE LA PENA

1. El grado de culpabilidad
La calidad de los motivos del autor

2. La gravedad del delito
La forma de ejecución del hecho

3. Las circunstancias del ilícito
4. La personalidad del procesado
La relevancia de la conducta previa y posterior al hecho
La intervención de la victima
Las circunstancias personales del autor
La conducta precedente


CAPITULO TERCERO
PRINCIPIOS JURÍDICOS QUE RIGEN
LA DETERMINACIÓN DE LA PENA

1. Principios generales de determinación de la pena
Principio de humanidad de la pena
Principio de proporcionalidad de la pena
Principio de culpabilidad
Principio de legalidad
Principio de personalidad de la pena
Principio de prohibición de doble valoración

2. Principios procesales de determinación de la pena
Se debe fundar en la subsunción y abducción
El principio pro homine
Debe tomar en cuenta todo lo probado ya sea por subsunción o por abducción
Necesidad de contradictoriedad para dictar la sentencia
Principio de congruencia de la sentencia
Principio de motivación de la sentencia

3. Elementos sustanciales de la determinación
de la pena en el dictado de sentencia
Los requisitos
Los motivos
La fundamentación de cada motivo

4. Obligación de motivar la sentencia con respecto a
la determinación de la pena del procesado

5. Porque se debe fundamentar la sentencia
penal sobre la determinación de la pena
Dar cumplimiento practico a los principios procesales
de publicidad y oralidad
Porque tiene un fin justificativo de la pena

6. La valoración de la personalidad del procesado en la
fijación de la pena es un arbitrio del juez reglado


CAPITULO CUARTO
LEGISLACIÓN PENAL BOLIVIANA Y DETERMINACIÓN DE LA PENA

1. La teoría de la pena que sigue la legislación boliviana boliviana

2. Clasificación de las penas

3. Elementos a considerar en la determinación de
la pena en la legislación penal boliviana

4. Elementos propiamente relativos a la personalidad del procesado

5. Elementos relativos a la víctima del delito

6. La Obligación de motivar la sentencia con respecto a la
determinación de la pena en la legislación procesal boliviana

7. La obligación de fijar la pena de acuerdo a los fines de
la pena en la legislación penal


CAPITULO QUINTO
LEGISLACIÓN COMPARADA
Y DETERMINACIÓN DE LA PENA
1. Legislación argentina
2. Legislación mexicana
3. Legislación del Perú

CONCLUSIONES

BIBLIOGRAFÍA 

viernes, 18 de julio de 2014

AMNISTÍA E INDULTO EN LA LEGISLACIÓN BOLIVIANA (Segunda Parte)



Hace un año atrás, el 12 de abril de 2013, tuve la grata oportunidad de presentar el libro “Amnistía e Indulto en la legislación boliviana” en el Salón de Honor del Ilustre Colegio de Abogados de La Paz, en compañía de varios amigos, familiares y los representantes de la Sociedad Boliviana de Ciencias Penales y de la Academia Boliviana de Ciencias Jurídico Penales, a quienes me une una gran amistad, pese a la distancia y otras circunstancias personales que me impidieron volver a nuestra tierra, en este tiempo.

En dicha oportunidad, recordaba que -para mí- el doce de abril siempre fue una fecha importante y cabalística por una serie de hechos que en años anteriores me habían sucedido coincidentemente en dicha fecha, entre varios de ellos, el día que presenté mi Examen de Grado en la Facultad de Derecho de la Universidad Mayor de San Andrés, momento culminante de la vida de cualquier estudiante de leyes. Por ello, en este 12 de abril, tengo la oportunidad de presentar un trabajo que se constituye en la segunda parte, de la mencionada publicación de abril de 2013.

Ahora bien, recapitulando el motivo de la investigación en torno al Derecho de Gracia, debo reiterar que en nuestro medio, las figuras del Indulto y de la Amnistía, no gozaban de la atención académica que se requería, pese a que desde el inicio de nuestra República, pasando por sus momentos políticos más importantes, junto a la guerras y revoluciones que sufrimos y a lo largo de nuestra atribulada vida gubernativa, siempre existió la práctica de otorgar amnistías -por delitos o motivos políticos-, así como indultos para perdonar la aplicación de la pena privativa de libertad.
        
En ese contexto, es que nace la idea de profundizar sobre esta temática, tomando en cuenta, que nuestros libros y manuales, tan solo han dedicado un par de líneas a estas figuras de Gracia y a penas describiendo sus efectos principales, además que en nuestro sistema legal, el Indulto y la Amnistía generalmente fueron otorgados por la vía de excepción y cada Ley o Decreto de concesión, ha normado estos beneficio sin tener en cuenta los límites legales y doctrinales, sumando a ello, que hasta el día de hoy, no contamos con una normativa marco, sobre la cual se construyan los futuros actos de Gracia.

De esa manera, en la -ahora- primera parte, se ha sistematizado todos los elementos doctrinales que justifican y diferencian una figura de la otra, para luego y munidos de esas herramientas teóricas, realizar un análisis del Indulto y la Amnistía en nuestra legislación, pasando por una revisión histórica de estas figuras, su desarrollo constitucional, y el estudio de estas figuras en relación con nuestra normativa penal, para finalmente tener una posición crítica del Decreto Presidencial de Concesión de Indulto Nº 1445 de 19 de diciembre de 2012.

Una vez que el año 2013 el libro fue presentado, creyendo que el proceso de Gracia había culminado con el Decreto de diciembre de 2012, y que el siguiente paso sería la Reforma Penal Integral[1], para dar soluciones al problema actual del sistema judicial, del ámbito procesal penal y del propio campo penitenciario, el Estado, tan solo se limitó a decretar un nuevo instrumento de Gracia con el Decreto Presidencial Nº 1723 de 11 de septiembre de 2013.

Esta nueva medida presidencial, fue presidida de varios hechos, que van desde la violación de una niña en la Cárcel de San Pedro, hasta el gran motín en Palmasola, con un saldo trágico de más de treinta internos muertos, hechos que vistos de manera aislada, parecen rutinarios por ser la cárcel un lugar peligroso, sin embargo, vistos en conjunto y en contraste con la retardación de justicia, el hacinamiento, el creciente número de detenidos, el recrudecimiento de las medidas cautelares de carácter personal, el prolongamiento legal de los plazos máximos de detención preventiva y la dificultad de mutar la medida mediante la Cesación, hacen patente que nuestro sistema penal, necesita de manera urgente una Reforma significativa, que vaya más allá de medidas paliativas, que solo atenúan el efecto y no repercuten sobre las causas que aquejan a nuestro sistema penal.

Esos hechos y principalmente la aparición de esta segunda medida de Gracia, me obligaron a estudiar el nuevo decreto y que hoy, lo presentamos como una segunda parte del libro “Amnistía e Indulto en la legislación boliviana”.

Con ese fin, el presente estudio, está íntimamente relacionado con la primera parte, a la que recurrimos constantemente para mayor información de los comentarios del decreto de septiembre de 2013. Cabe mencionar, que este trabajo -como el primero- también es muy crítico en relación a la redacción del decreto y su desapego a los criterios doctrinales generalmente aceptados.

Soy consciente que muchas veces, las críticas que están presentes en este trabajo, pueden hacer creer que me falta sensibilidad frente al gran drama humano que es la cárcel, junto a otros temas como la miseria, la enfermedad, la disolución familiar, la vejez y la destrucción de la vida luego que se consigue la libertad, frente a una sociedad estigmatizadora que rechaza y dificulta la reinserción social del interno, sea que ha cumplido su sentencia condenatoria, o que por avatares de la vida formó parte del ejercito de presos sin condena y que luego de un gran periodo de encierro, recobra su libertad, sin honor, sin patrimonio, sin familia, es decir, una vida mancillada para siempre. Todo ello, lo conozco y lo lamento, como cualquier persona que abre los ojos a la realidad, cuando conoce nuestras cárceles.

Este libro, como la primera parte, no pretende describir ni analizar los males que aquejan a la cárcel, sino más bien, se centra en el aspecto jurídico-doctrinal, que hoy en día parece venido a menos, cuando gran parte de nuestra visión es ocupada por el campo político o la finalidad política.

Con esta “visión política”, podremos decir, que la norma está, y que lo importante es el fin que cumple, que lo humanitario y las cifras de beneficiarios justifican su proceso. De esa manera y alejándonos de ese criterio, es que abordamos su análisis de una manera crítica y asentada en la doctrina, no con afán destructivo, sino más bien, con un fin enteradamente académico.

Con lo dicho, dejo a su criterio, este análisis personal del proceso actual de Indulto y Amnistía, y agradezco a quienes me honran con su lectura, y que en tal virtud, me motivan a seguir investigando sobre nuestra realidad y sobre el fascinante campo penal[2].

Gracias.



Nicolás Cusicanqui Morales

Doce de abril de dos mil catorce
Arequipa-Perú.



CONTENIDO


Pág.
Introducción.
Dedicatoria (1º Parte)
Prologo (1º Parte)
Introducción (1º Parte)
316
Capítulo Décimo
Decreto Presidencial de Indulto y Amnistía
Nº 1723 de 11 de septiembre de 2013

335
1.          
Antecedentes.
335
2.          
Objeto y finalidad.
356
3.          
Ámbito de aplicación para sentenciados y detenidos preventivos.
361
4.          
Sujetos pasibles a ser beneficiados con el Indulto o la Amnistía.
368

a.     Reincidencia.
374

b.    Adultos mayores.
378

c.     Adolescentes imputables
379

d.    Enfermedad grave.
380

e.     Personas con discapacidad.
382

f.      Hijos dentro del recinto penitenciario.
383

g.    Amnistía y sentencia condenatoria.
385
5.          
Personas excluidas del beneficio de Indulto y de Amnistía.
387
6.          
Trámite y ejecución.
395
7.          

Cuadro comparativo del Decreto Nº 1445 de 19 de diciembre de 2012 y del Decreto Nº 1723 de 11 de septiembre de 2013
408
8.          
Conclusiones.
411
Bibliografía
415
Legislación consultada.
417
Amnistía e Indulto en la legislación boliviana – 1ª Parte (Contenido)
419
Anexos
422
a.     Primer encuentro nacional “Por una reestructuración integral del régimen penitenciario”
b.    Informe sobre el ejercicio de los derechos humanos en el Estado Plurinacional de Bolivia. Defensoría del Pueblo – 2013 (Personas privadas de libertad)

c.     Entrevista del periódico “La Razón” Al ex - Director General de Régimen Penitenciario Dr. Ramiro Llanos Moscoso.






[1] Al día de hoy, ya se conoce que el Ministerio de Justicia, cuanta con un anteproyecto de Código Procesal Penal.
[2] Este libro, originalmente estaba planificado para ser publicado de manera impresa, sin embargo, para su mejor distribución se ha preferido su difusión digital. 

viernes, 6 de septiembre de 2013

Sobre la Amnistía y el Indulto en la Legislación Boliviana

Sobre la Amnistía y el Indulto en la Legislación Boliviana

6 de septiembre de 2013 a la(s) 18:53
Autor. Dr. Nicolás Cusicanqui Morales. Edición. Primera, abril de 2013. Depósito Legal Nº 4-1-781-13. Impreso en Bolivia. Impresión. Editorial e imprenta “El Original – San José”. Tamaño. 15,5 x 21 (310 páginas).
Autor. Dr. Nicolás Cusicanqui Morales. Edición. Primera, abril de 2013. Depósito Legal Nº 4-1-781-13. Impreso en Bolivia. Impresión. Editorial e imprenta “El Original – San José”. Tamaño. 15,5 x 21 (310 páginas).



Abog. Alan E. Vargas Lima
Especialista en DerechoConstitucional - UMSA
Responsable del Blog Jurídico: Tren Fugitivo Boliviano

Comenzamos septiembre, con las novedades del Encuentro Nacional: “Por una reestructuración Integral del Régimen Penitenciario”,con la participación de más de 300 delegados del Gobierno, de las gobernaciones y de nueve municipios, además de organizaciones sociales que se reunieron en la capital cruceña; en cuyo seno se decidió trabajar en un proyecto de decreto para complementar el indulto, como mecanismo para alivianar la crisis en las cárceles del país, sin descartar que también sea aplicable una amnistía selectiva. Esta iniciativa, surge tras la mayor tragedia del sistema penitenciario ocurrida en la Cárcel de Palmasola el pasado 23 de agosto, en la que murieron 35 internos y 63 sufrieron heridas graves.

Este planteamiento, pretende ser también una respuesta a la retardación de justicia que mantiene a cerca del 84% de la población carcelaria sin sentencia ejecutoriada, medida cuestionada por las mismas autoridades gubernamentales. Este tipo de propuestas, implícitamente generan enorme expectativa en la sociedad boliviana, en cuanto a su efectividad para coadyuvar a minimizar los efectos perniciosos de las condiciones de hacinamiento e inseguridad, en que subsisten actualmente los reclusos del país, esto en medio de la crisis carcelaria –no reciente– de Bolivia. Asimismo, seprevé que en las próximas semanas, el Gobierno decida poner en vigencia un nuevo decreto presidencial de indulto, que llegue a beneficiar a cerca de de 2.000 detenidos preventivos en el país.

En este contexto, hoy me interesa poner de relieve una reciente publicación denominada:“Amnistía e Indulto en la Legislación Boliviana”, cuya autoría corresponde a mi Maestro de Derecho Penal, el Dr. Nicolás Cusicanqui Morales, actual miembro de la Academia Boliviana de Ciencias Jurídico-Penales. Esta nueva obra –que está dedicada como homenaje póstumo a uno de los más sobresalientes juristas bolivianos y representante nacional: Dr. Benjamín Miguel Harb–, realiza un amplio estudio de la Amnistía y el Indulto, y asimismo, propone un interesante estudio comparativo entre estas dos importantes figuras del Derecho de Gracia, analizando básicamente sus similitudes y diferencias.

Se debe reconocer que en la doctrina nacional, el tema de la Amnistía y el Indulto, sólo han merecido algunas líneas en los manuales de Derecho Penal que se usan en las Universidades bolivianas; sin embargo ahora, y gracias a la obra del Dr. Cusicanqui, estos institutos reciben un tratamiento exhaustivo a nivel dogmático y práctico, lo que será útil a los fines de investigación académica, como herramienta necesaria para el desarrollo de las ciencias penales en Bolivia.

En este sentido, y siguiendo las ideas del mencionado autor, se debe considerar que la Amnistía “es un acto de carácter político, permitido por la Ley, donde el Estado renuncia a su potestad penal frente a la comisión de ciertos actos delictivos, generalmente de carácter político, extinguiendo la acción penal, buscando así conseguir la paz y la concordia social”. Es importante anotar que de acuerdo a la actual Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia (2009), se ha dejado de considerar que la Amnistía sea únicamente aplicable a los delitos políticos, dado que ahora también pueden acceder a este beneficio, quienes hubieren cometido delitos comunes, según el autor.

Por otro lado, el indulto se considera como un derecho de gracia que se otorga a los condenados por sentencia firme y ejecutoriada, redimiéndoles toda la pena impuesta o parte de ella, conmutándosela por otra menos drástica[1]. En este sentido, el mencionado autor considera que el indulto es una institución que extingue la pena impuesta, o también puede hacerlo parcialmente a través de la conmutación, rebajando la misma o sustituyéndola por alguna otra más ventajosa, debiendo aclararse que su otorgamiento le corresponde a un órgano distinto al Judicial, siendo generalmente concedido por el Órgano Ejecutivo, con asentimiento del Legislativo (Artículo 172, numeral 14, constitucional).

Ciertamente, a lo largo de nuestra historia, el Estado ha concedido indultos y amnistías, pero las mismas han sido excepcionales, principalmente porque su concesión ha sido otorgada luego de varios años de distancia entre una y otra medida de gracia, lo que es importante resaltar, para poder analizar la efectividad de los resultados alcanzados con estas medidas.

Sin embargo, es importante rescatar que en la publicación que ahora comentamos, se hace un análisis jurídico rigurosamente detallado sobre el Decreto Presidencial Nº1445 de Concesión de Indulto, de fecha 19 de diciembre de 2012. En dicho análisis, se ha incidido en desentrañar cuál es la finalidad del indulto, misma que rebasa lo establecido por el objeto del citado Decreto Presidencial, que señala que el indulto es de carácter humanitario, pero también condicionado.

Es así que, dicha medida presidencial, no solamente estuvo dirigida a solucionar la situación de los detenidos preventivos –con o sin sentencia–, sino para someterlos a un procedimiento abreviado, o determinarlos al desistimiento de sus recursos para contar con sentencia ejecutoriada, y así beneficiarse del indulto. Nótese que estos alcances, son similares a los que ahora pretende asignarse al nuevo decreto de indulto, por lo que, el análisis contenido en el Libro no ha perdido actualidad, pese a referirse a una medida presidencial anterior, que es muy similar en sus alcances a la propuesta gubernamental reciente de otorgar este beneficio.

Según el Dr. Cusicanqui, generalmente los motivos del indulto “se asientan en razones de humanidad de la pena, como es el caso de la vejez, enfermedad o motivos familiares. En estos casos, el indulto se lo otorga en mérito a la situación (crítica) de las personas, o por las circunstancias (apremiantes) que está pasando. Este es el fin más característico de este tipo de gracia” (El agregado me corresponde). “También puede suceder que el indulto busque fines político-criminales, como otra forma de la rehabilitación del sentenciado, o el mejoramiento de sus condiciones de vida, cuando el indulto, busca por ejemplo una adecuada resocialización (…)”.

Sin embargo, no se debe descartar que el indulto “pueda buscar otros fines subjetivos por parte de la autoridad, como puede ser el rédito político o motivos enteramente personales como la familiaridad, la amistad, el compromiso, o en casos extremos rayanos con el delito como es el lucro o el encubrimiento, o simplemente la impunidad”. Ante estas circunstancias –concluye el autor–, debe tenerse en claro que el indulto deja de ser legítimo y puede ser fuente de responsabilidad, como sucede con el mal uso de cualquier otra facultad legal de los Órganos del Estado.

Estas y otras reflexiones contenidas en la obra del Dr. Cusicanqui –fuente indispensable de consulta en la materia–, son importantes de rescatar en el contexto boliviano actual de crisis carcelaria, para comprender los alcances, incidentes, emergencias y consecuencias de la medida presidencial de indulto y/o amnistía, que ahora se pretende poner en vigencia; y esperemos sea confines estrictamente político-criminales, para combatir el hacinamiento carcelario, y no con el afán de buscar réditos político-electorales en la actual coyuntura del país.


[1]“El indulto es una institución política (…) que tiene por finalidad dispensar, redimir o perdonar la ejecución de la totalidad o de una parte de la pena al condenado, por lo que no se trata en modo alguno de un acto jurisdiccional, por ello es irrevocable y no puede ser revisado en sede judicial, constituyendo enlos hechos para el condenado, un cumplimiento anticipado de la condena; entanto que la libertad condicional resulta ser el último periodo del sistema progresivo en el cumplimiento de la condena, la cual no se ve mayormente afectada pues continúa siendo la misma,con la condición de que el resto de la pena se la cumpla en libertad, condicionándosele al beneficiario a que observe determinados requisitos en forma obligatoria e inexcusable, siendo por ello revocable judicialmente por incumplimiento de las condiciones impuestas, revocación que además obliga al cumplimiento del resto de la pena. (…)” (Cfr. Sentencia ConstitucionalNº1002/2005-R, de 22 de agosto de 2005).