Mostrando entradas con la etiqueta Derecho Penal. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta Derecho Penal. Mostrar todas las entradas

miércoles, 25 de octubre de 2017

ESCLAVITUD, ABOLICIÓN Y TRATA DE PERSONAS (Resumen)




ESCLAVITUD, ABOLICIÓN Y TRATA DE PERSONAS
(Resumen)

Nicolás Cusicanqui Morales[1]

Mercado de Esclavos en Roma
Jean-Leon Gerome (1884)
La presente investigación, se desarrolla en un tema extenso y apasionante, ya que fue uno de los fenómenos de más larga duración de la humanidad: La Esclavitud.

Este gran capítulo, se inicia mucho antes de la era cristiana, con los grandes imperios, donde Roma sobresale sobre otros pueblos que eran sociedades con esclavos, sin embargo, el Imperio se constituyó  en un sociedad esclavista, es decir, que el peso de la economía del Estado, estaba sobre los hombros de sus esclavos, los mismos que habían caído al último estatus de aquella sociedad por diversas formas, como la guerra, el bandolerismo, el abandono de menores, y la venta de seres humanos entre otras; sin embargo, este fenómeno estaba respaldado por una normativa que justificaba la Trata y la Esclavitud, así como todo lo que tenga que ver con este sistema, incluidas las manumisiones.



Este normativa, fue de tal importancia que luego de desaparecido el Imperio Romano, un poco más tarde, la Corona de Castilla en el reinado de Alfonso X (1252-1284) redactó un cuerpo normativo que vino a denominarse las Siete Partidas, donde se encuentra aún la influencia romana acerca de la esclavitud; asimismo, a finales del Siglo XV, con los grandes descubrimientos y el encuentro de los dos mundos, esa normativa, sería aún usada para justificar y organizar inicialmente un sistema esclavista en las tierras descubiertas por Colon (2º viaje), situación que fue detenida por Cédula Real de 20 de junio de 1500, donde la reina Isabel ordenó poner en libertad a todos los indios vendidos como esclavos, decretando al mismo tiempo su regreso a América y su posterior declaración como súbditos de la Corona, que más tarde pesaría sobre los indígenas que junto a su lealtad, significaba mantener al reino por la vía compulsiva de la mita y del impuesto indigenal.

Ante este panorama, se abrieron otras alternativas para nutrir de esclavos a las recientes tierras descubiertas, bajo el entendido, que la esclavitud aun subsistía en el viejo mundo, de tal forma, que África fue el gran proveedor de esclavos que llegaron a nuestras tierras, y que mayormente fueron utilizados en los campos de cultivo por su poca adaptación en laboreos mineros, esta forma comúnmente llamada, trafico transatlántico de esclavos estuvo regulada en la Recopilación de las Leyes de Indias de 1680 e inspirada en las Siete Partidas.

Luego de casi tres siglos de la Trata de esclavos africanos y la propia institución de la Esclavitud, fueron mostrando signos de agotamiento donde se inició un gran proceso de abolición, sin embargo, este movimiento aun sería largo y tendría como causa varios elementos económicos en los que la mano de obra esclava, ya no era competitiva con las creciente demanda de mano de obra libre, por otro lado, la repercusión del Iluminismo, se vio reflejada en las grandes revoluciones independistas como son la Guerra de Independencia de los Estados Unidos, la Guerra de Secesión Americana y el problema de la Esclavitud (1861-1865), la Revolución Francesa (1789-1799) y la creación de la República de Haití. Por otro lado también será de tremenda importancia el decisivo papel de Inglaterra en la Abolición del Tráfico y la Esclavitud.

Cabe reflexionar dos aspectos, uno que tiene que ver con el proceso de abolición, o como señalan los investigadores “las dos aboliciones”, ya que el fin de la Esclavitud como sistema aceptado hasta fines del Siglo XIX, vino precedida de la abolición de la Trata; en grado de orden, podemos decir que primero desapareció el comercio de esclavos, para luego, definitivamente desaparecer la Esclavitud, y ser considerada posteriormente como un delito internacional.

La otra reflexión, tiene que ver con los documentos fundacionales de los países americanos independizados del yugo europeo, y es que en la mayoría se invocó a la libertad como el principal fundamento de dicha determinación, sin embargo, la libertad no era de carácter general y que abarcara la libertad de los esclavos, sino tan solo se constituyó, un clamoroso pedido de los emergentes criollos americanos que reclamaban su participación en el poder y que su desventajosa situación los hacia esclavos de los reinos de Europa, es decir, en pocas palabras se invocaba la libertad, pero una de carácter político, ya que luego de la creación de las nuevas repúblicas, la esclavitud del negro y la servidumbre del indígena se mantuvieron hasta muy entrado el Siglo XIX, y en los hechos, incluso hasta el año 1888 cuando Brasil fue el último país en decretar la Abolición de los esclavos; situación que en común con otros países de Sudamérica, fue precedida por diversas formas de mantener el comercio y la esclavitud hasta donde se pudo, con figuras como la la ley de vientres, el patronato de esclavos libres y la propia compra de la libertad por parte de los mismos.

Como una anticipada conclusión, debemos decir que en la historia de la humanidad, tenemos más tiempo de mantener la Esclavitud, que el de criminalizarlo en la forma actual de Trata de Personas; viendo de manera temporal este fenómeno, tan solo tenemos menos de ciento cincuenta años en los que la esclavitud es considerada un delito por el ámbito internacional, exceptuando aquellas naciones en las que excepcionalmente la esclavitud aún es legal. De este modo, podemos decir que la esclavitud, nunca desapareció, tan solo se transformó su tratamiento: de ser aceptada y sustentada por un sistema legal, recién a inicios del Siglo XX, es proscrita por la mayoría de naciones a través de la vía de los instrumentos legales como la Convención sobre la Esclavitud promovida por  la Sociedad de Naciones en 1926 donde se declara ilegal la esclavitud y se crea un mecanismo internacional para perseguir a quienes la practican y que tendrá su corolario con la Convención de Palermo del año 2000, más conocida como la  Convención contra la Delincuencia Organizada Transnacional que patrocinada por Naciones adoptó el Protocolo de las Naciones Unidas para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, Especialmente Mujeres y Niños, documento por el cual, casi todas las naciones se comprometieron a erradicar, perseguir y sancionar la Trata de Personas, es decir, tratar de erradicar la nueva esclavitud.



Nicolás Cusicanqui Morales
La Paz-Bolivia, octubre de 2017



ESCLAVITUD, ABOLICIÓN Y TRATA DE PERSONAS
(Contenido)

Capítulo Primero: La esclavitud en la Antigüedad y en la Edad Media
  1. La esclavitud en la antigüedad.
  2. La esclavitud en Roma.
  3. Esclavitud y Servidumbre en la Edad Media.

Capítulo Segundo: La Conquista de América y el Tráfico Transatlántico de esclavos
  1. Esclavitud en las culturas Precolombinas.
  2. La conquista de América.
  3. Situación jurídica del indio en la Conquista.
  4. Tráfico Transatlántico de esclavos: Europa, África y América

Capítulo Tercero: Abolición de la Trata y la Esclavitud
  1. El proceso de abolición de la Trata y la esclavitud.
1.1.  Guerra de Independencia de los Estados Unidos y la Esclavitud (1775-1783).
1.2.  Guerra de Secesión Americana: El problema de la Esclavitud (1861-1865).
1.3.  Revolución Francesa (1789-1799) y la creación de la República de Haití (1791-1804): Abolición del Tráfico y la Esclavitud.
1.4.  Decisivo papel de Inglaterra en la Abolición del Tráfico y la Esclavitud (1791-1833).
  1. Fundamentos económicos de la Abolición.
  2. Últimos días del Tráfico negrero y la Abolición final de la Esclavitud.

Capítulo Cuarto: Independencia de Sudamérica y Abolición de la esclavitud
  1. Inicio de la Abolición en la República de Bolivia
  2. Breve referencias constitucional sobre la esclavitud y Tráfico en la República de Bolivia.
  3. Abolición del esclavismo en Bolivia
  4. Situación mundial de la esclavitud, luego del movimiento abolicionista y antes del Convenio de Palermo de 2000.

Capítulo Quinto: Movimiento Internacional contra la Trata de Personas
  1. La Sociedad de Naciones y los primeros instrumentos internacionales contra el esclavismo.
  2. Desaparición de la Sociedad de Naciones y nacimiento de la Organización de Naciones Unidas.
  3. Recorrido histórico del tratamiento contra la Trata de Personas
  4. Desarrollo y dificultades en el concepto de Trata de Personas.
  5. El Crimen Organizado antes del Convenio de Palermo
  6. Convenciones contra la Delincuencia Organizada
  7. Desarrollo del Convenio contra la Delincuencia Organizada y sus protocolos

Conclusiones
Bibliografía




[1] El autor, es Abogado Titulado de la Universidad Mayor de San Andrés - UMSA (La Paz-Bolivia); MSc. en Derecho Penal y Derecho Procesal Penal de la Universidad Andina Simón Bolívar - UASB (Órgano Académico de la Comunidad Andina) Sede La Paz-Bolivia; Diplomado en Ciencias Penales por la Universidad de Los Andes - UNANDES; Diplomado en Educación Superior por la Universidad de Aquino Bolivia - UDABOL, ambas en la ciudad de La Paz-Bolivia.
Profesor de Pre y Postgrado en el Área de Derecho Penal. Miembro de la Sociedad Boliviana de Ciencias Penales y la Academia Boliviana de Ciencias Jurídico Penales.
Ha publicado, entre otras, el libro  “Evolución Histórica del Delito de Violación en la legislación boliviana (1834-1999); “Amnistía e Indulto en la legislación Boliviana - 1º y 2º parte)

sábado, 27 de septiembre de 2014

Diplomado en Ciencias Penales - Postgrado UMSA / Modulo "La Culpabilidad"




Plan Académico

DIPLOMADO EN CIENCIAS PENALES

MODULO V: LA CULPABILIDAD

 


   I.     CURRÍCULUM ACADÉMICO (Resumen)

NICOLÁS CUSICANQUI MORALES, (nicoláscusicanqui@hotmail.com) Licenciado en Derecho (UMSA – Universidad Mayor de San Andrés). Maestría en Ciencias Penales y Derecho Procesal (UASB – Universidad Andina Simón Bolívar). Diplomado en Ciencias Penales (UDABOL – Universidad de Aquino Bolivia). Diplomado en Derecho Procesal Penal (UDABOL). Diplomado en Criminalística e Investigación Criminal (Universidad “Los Andes”) Diplomado en Derecho Penitenciario (Universidad “Los Andes”). Diplomado en Educación Superior (UMSA). Diplomado en Educación Superior (UDABOL).

PUBLICACIONES:

“Determinación de la pena – elementos doctrinales” 1º Edición. Editorial Académica Española. Publicado el 26 de junio de 2014 (ISBN 978-3-8484-7415-8)
“Amnistía e Indulto en la legislación boliviana – Segunda parte” (Incluye el análisis del Decreto Presidencial de Indulto y Amnistía, Nº 1723 de 11 de septiembre de 2013) 1º Edición. Editor “Nuevo Siglo – Centro de Capacitación”. La Paz-Bolivia abril de 2014 (Registro en trámite)
“Amnistía e indulto en la legislación boliviana” (Incluye el análisis del Decreto Presidencial de Concesión de Indulto Nº 1445 de 19 de diciembre de 2012). 1º Edición. Editorial e Imprenta “El Original – San José”. La Paz-Bolivia abril de 2013 (Depósito Legal Nº 4-1-781-13)
“Evolución histórica del delito de violación en la legislación boliviana (1834-1999)” 2º. Edición Aumentada y corregida. Edición “Azul Editores” La Paz-Bolivia agosto de 2007. (ISBN 978-99905-844-7-9). 1º. Edición “Universidad de Aquino Bolivia”, La Paz-Bolivia agosto de 2006. (ISBN 99905-895-2-6).

ARTÍCULOS PUBLICADOS:

Genocidio y “masacres sangrientas” en la legislación boliviana (Análisis crítico); Delitos sexuales Revisión histórica - dogmática de la legislación boliviana; Análisis parcial de la Ley Nº 07 de 18 de mayo de 2010 “Ley de modificaciones al sistema normativo penal”; Análisis del proyecto de ley: “Rigurosidad penal para agresores sexuales de la niñez y adolescencia”; Decreto Supremo Nº 0138 de 20 de mayo de 2009 “Procedimiento para determinar la jurisdicción, la aplicación de medidas cautelares sobre el patrimonio, medios e instrumentos que hubieran sido utilizados o estuviesen comprometidos, en la comisión de los delitos de Terrorismo, Sedición o Alzamientos Armados contra la Seguridad y Soberanía del Estado”; “El delito de Trata y Tráfico de personas en el código penal boliviano (interpretación dogmática y análisis crítico)”; “El Indulto en la legislación boliviana”; “Delitos contra la libertad sexual – texto ordenado”; “Limitación del arbitrio judicial, en la determinación judicial de la pena, en el sistema judicial boliviano”; “El delito de genocidio y las masacres sangrientas”; “Nuevos tipos penales en la legislación boliviana”; “Bases jurídico-penales, para la investigación de delitos informáticos”; “El fin de la pena, en el sistema penitenciario”; “Critica del delito de comisión por omisión en el código penal boliviano”.


 II.     OBJETIVO GENERAL

     Comprender el significado, contenido y alcance de la culpabilidad dentro de la Teoría General del Delito.


III.     OBJETIVOS ESPECÍFICOS

·      Identificar y comprender las diferentes propuestas teóricas sobre la culpabilidad.
·      Comprender la relevancia de la exigibilidad en la norma, como base para el juicio de reproche.
·      Identificar los fundamentos materiales de la culpabilidad.
·      Comprender las causas de inculpabilidad, como eximentes de responsabilidad penal.
·      Analizar la categoría de la Culpabilidad, dentro del Código Penal Boliviano.


IV.     METODOLOGÍA

Se utilizará un método constructivista con la transmisión del conocimiento teórico y descriptivo que haga posible la comprensión de las categorías conceptuales de la culpabilidad como elemento trascendental del delito para la imposición de la pena, generando el análisis y la reflexión del conocimiento y su aplicación en la práctica, con la participación de todos los cursantes, mediante la exposición, el debate y resolución de casos prácticos por los cursantes.


 V.     RESUMEN DEL MODULO V: LA CULPABILIDAD

La teoría jurídica del delito se estructura en dos grandes bloques. En el primer bloque, se ha estudiado el Injusto Penal (Tipo de Injusto) que comprende el análisis de la Acción, la Tipicidad y la Antijuridicidad.
En el segundo bloque se estudiará lo que tradicionalmente se denomina como “Culpabilidad”, y que también es conocida con otros términos: Imputación subjetiva, Imputación personal, Atribuibilidad, Motivabilidad, etc. La búsqueda de una expresión distinta a “culpabilidad” para referirse a este nivel de la teoría del delito se debe en gran medida a la carga moralizante, incluso religiosa, que la palabra culpa ha tenido desde siempre.

Por otro lado, esas opciones terminológicas entroncan con la distinta forma de entender las razones por las que puede exigirse responsabilidad penal a un sujeto por su hecho antijurídico, esos requisitos comunes se agrupan en tres categorías: la imputabilidad-inimputabilidad, el conocimiento de la antijuridicidad-error de prohibición, la exigibilidad de la conducta conforme a derecho-inexigibilidad.


VI.     CONTENIDO ANALÍTICO

1. LA CULPABILIDAD. Aspectos generales; Precisiones terminológicas; El Principio de  Culpabilidad y la Culpabilidad como categoría de la Teoría del Delito; Evolución histórica. Culpabilidad de acto y Culpabilidad de autor; Ubicación sistemática de la Culpabilidad (El Injusto y la Culpabilidad). Precisión del dolo y la culpa dentro del tipo de injusto subjetivo en la sistemática actual.

2. TEORÍAS DE LA CULPABILIDAD. Teoría Psicológica; Teoría Normativa; La Culpabilidad en la actualidad; Toma de posición en el concepto de Culpabilidad. Fundamento material de la Culpabilidad (Libertad y Determinismo). Reprochabilidad y Motivabilidad.

3. ELEMENTOS DE LA CULPABILIDAD.  Imputabilidad o capacidad de culpabilidad; El conocimiento de la antijuridicidad del hecho cometido; La exigibilidad de un comportamiento distinto.

4. CAUSAS DE EXCLUSIÓN DE LA CAPACIDAD DE CULPABILIDAD: LA INIMPUTABILIDAD. Enfermedad mental; Grave perturbación de la conciencia; Grave insuficiencia de la inteligencia. Consecuencias jurídicas. Las “actio libera in causa”; Sistema del Código Penal Boliviano.

5. CAUSAS DE EXCLUSIÓN POR DESCONOCIMIENTO DE LA ANTIJURIDICIDAD. El conocimiento de la antijuridicidad (Función motivadora de la norma penal); Error de prohibición (Error vencible e invencible); (Diferencia con el Error de Tipo); El error culturalmente condicionado; La no exigibilidad de otra conducta; Estado de necesidad disculpante. (Diferencia con el Estado de necesidad justificante). Miedo insuperable. Excusas absolutorias. Sistema del Código Penal Boliviano.


VII.     CALENDARIO DE CLASES

Del 22 al 25 de septiembre de 2014. Horario: 7:00 a 09:30


VIII.     MATERIALES

Multimedia (Datashow) y Pizarra
Los cursantes deben traer:
Constitución Política del Estado (2009)
Código Penal Boliviano (Actualizado)
Ley Nº 1768 de 10 de marzo de 1997 – Ley de Modificaciones al Código Penal
Exposición de Motivos de la Ley Nº 1768
Código de Procedimiento Penal (Actualizado)


IX.     EVALUACIÓN

A la finalización del módulo, se tomará una evaluación escrita sobre 100 puntos, a quienes tengan como asistencia 80% de clases. La nota de aprobación es de 66 puntos.


  X.     REFERENCIA BIBLIOGRÁFICA

1.   Muñoz Conde, Francisco; García Arán, Mercedes. “Derecho Penal”  Parte General. Sexta Edición. Edit. Tirant lo blanch. Valencia-España, 2004.

2.   Zaffaroni, Eugenio Raúl; Slokar, Alejandro; Alagia, Alejandro. “Manual de Derecho Penal: Parte General”. 1º Edición. Edit. Ediar. Buenos Aires-Argentina, 2007.

3.   Roxin, Claus. “La Teoría del Delito en la discusión actual”. 1º Edic. Edit. Grijley. Lima-Perú, 2007.

4.   Luzón Peña, Diego Manuel. “Curso de Derecho Penal” Parte General I. Edit. Universitas S.A. Madrid-España, 1999.

5.   Hans Welzel. “El Nuevo sistema del Derecho Penal” (Una introducción a la acción finalista). Colección Bibliográfica de Ciencias Jurídica Penales. Viceministerio de Justica y Derechos Humanos. La Paz-Bolivia, 2007.

6.   Günter Stratenwerth. “Derecho Penal. Parte General I. El hecho Punible) 4º Edición reelaborada. Edit. Hammurabi. Buenos Aires-Argentina, 2007.
7.   Chaparro Guerra, Ayar. “Fundamentos de la teoría del delito” 1º Edición. Librería Jurídica Grijley. Lima-Perú, 2011.

8.   Villamor Lucia, Fernando. “Derecho Penal Boliviano – Parte General. Tomo I”. 2º Edición actualizada. Imp. Inspiración Cards. La Paz-Bolivia, 2007.

9.   Valda Daza, Jorge José. “Código Penal Boliviano Comentado. Tomo I” 3º Edic. Edit. El Original “San Jose”. La Paz-Bolivia, 2014.

10.  Villamor Lucia, Fernando. “Comentarios y adecuación a la reforma de las leyes penales”. 2º Edición actualizada. Imp. Inspiración Cards. La Paz-Bolivia, 1997.

11.  Chivi Vargas, Idón. “Diagnóstico del Código Penal Boliviano, dese la pluralidad y el pluralismo jurídico”. Viceministerio de Justica. La Paz-Bolivia, 2008
https://www.unifr.ch/ddp1/derechopenal/articulos/a_20081006_03.pdf

12.    Núñez de Arco, Jorge. “El Informe Pericial en Psiquiatría Forense” (Cap. 14º  Imputabilidad en las enfermedades mentales). Ed. Universidad San Francisco Xavier de Chuquisaca. Sucre-Bolivia, 2007 (www.nunezdearco.com/PDF/Imputabilidad%20en%20enfermedades.doc)

Para ver la Culpabilidad en el esquema causalista:

13.  Jiménez de Asúa, Luis. “Principios de Derecho Penal – La Ley y el Delito”. 3 Edición – Reimpresión de 1997. Abeledo Perrot. Edit. Sudamericana. Buenos Aires-Argentina, 1997.


14.  Miguel Harb, Benjamín. “Derecho Penal – Tomo I. Parte General” 4º Edición. Librería Edit. “Juventud”. La Paz-Bolivia, 1992.




jueves, 7 de agosto de 2014

Libro: "Determinación de la Pena" (Elementos doctrinales)


Introducción

La individualización o determinación de la pena es el acto mediante el cual, el juez fija las consecuencias de un delito. Se trata de un acto complejo, en el que se debe dar cumplimiento a las diferentes funciones de la reacción penal estatal frente a la comisión de un hecho punible.

Con la presente publicación, se pretende otorgar un análisis concreto y sistematizado de aquellas cuestiones que hacen a la medición de la pena, siendo que este tema -hasta el día de hoy- sigue discutiéndose en el Derecho Penal, tanto desde la Penología como desde el Derecho Procesal Penal.

El presente trabajo, se circunscribe al momento en que el Juez, teniendo la convicción sobre la autoría de un hecho delictivo, debe imponer una pena en los límites mínimos o máximos que establece el tipo penal. Sin embargo, este ejercicio que puede ser en apariencia fácil, es en concreto, un ejercicio complejo que tiene una serie de reglas doctrinales, que en más de los casos no han sido legisladas, con la misma intensidad
de las reglas del proceso penal, es decir, que en el momento más importante y culmine del proceso, el juez se encuentra solo ante un amplio panorama que solo le ha marcado los límites máximos y mínimos. Es en ese entendido, que con esta publicación se pretende otorgar los criterios doctrinales mínimos que se deben tomar en cuenta para el ejercicio de medición de la pena estatal.

De esta manera, se dedican tres capítulos al ámbito doctrinal, así tenemos, la Teoría general de la determinación de la pena; Elementos a considerar en la determinación
de la pena y los Principios jurídicos que rigen la determinación de la pena.

En el cuarto capítulo, se ofrece un análisis de la legislación penal boliviana, de donde nace originalmente el afán de sistematizar y ordenar los elementos doctrinales que hacen al estudio de la medición de la pena. En esta legislación, concurren dos cuerpos normativos que no han sido compatibilizados, ya que el Código Penal, de mediados del Siglo XX, tiene su propia lógica, orden y equilibrio y correspondiéndole su propio Código de Procedimiento Penal de corte inquisitivo, que difiere en esencia del nuevo Código de Procedimiento Penal, en el que la labor del juez ha sido limitada a la calidad de actividad que otorgan las partes, situación que repercute sobre la valoración de otros elementos que no están dentro de las pruebas propuestas, y por lo tanto, impidiéndole tener elementos de valoración sobre otras circunstancias del hecho, la personalidad del procesado o de la propia víctima, elementos que en última instancia determinan una mayor o menor gravedad de la pena. Con esa misma intención, al final, se revisa la legislación de otros países.


Sin otro particular ofrecemos esta publicación, como un pequeño aporte para el estudio básico de la determinación de la pena.

ÍNDICE

INTRODUCCIÓN

CAPÍTULO PRIMERO
TEORÍA GENERAL DE LA
DETERMINACIÓN DE LA PENA

1. Antecedentes históricos
Primera etapa: la determinación de la pena no tiene ninguna regla
Segunda etapa: la determinación de la pena tiene reglas aunque todavía existe
el arbitrio judicial para su fijación.

2. Concepto de determinación de la pena 
Características de la determinación de la pena

3. Momentos o etapas de la determinación de la pena
Determinación de la pena legal
Determinación de la pena judicial
Determinación de la pena ejecutiva o Administrativa

4. Sistemas de determinación de la pena
Sistema de determinación legal absoluta o de total determinación
Sistema de indeterminación judicial relativa o de parcial determinación
Sistema de indeterminación legal absoluta o de indeterminación
de la pena
Sistema flexible

5. Criterios que rigen la determinación de la pena
Teoría absoluta de la pena
Teoría relativa de la pena
Teorías relativas de la pena
Teoría de la prevención especial de la pena
Teoría de la prevención general de la pena
Teoría unificadora de la pena o Teorías mixtas


CAPITULO SEGUNDO
ELEMENTOS A CONSIDERAR EN LA
DETERMINACIÓN DE LA PENA

1. El grado de culpabilidad
La calidad de los motivos del autor

2. La gravedad del delito
La forma de ejecución del hecho

3. Las circunstancias del ilícito
4. La personalidad del procesado
La relevancia de la conducta previa y posterior al hecho
La intervención de la victima
Las circunstancias personales del autor
La conducta precedente


CAPITULO TERCERO
PRINCIPIOS JURÍDICOS QUE RIGEN
LA DETERMINACIÓN DE LA PENA

1. Principios generales de determinación de la pena
Principio de humanidad de la pena
Principio de proporcionalidad de la pena
Principio de culpabilidad
Principio de legalidad
Principio de personalidad de la pena
Principio de prohibición de doble valoración

2. Principios procesales de determinación de la pena
Se debe fundar en la subsunción y abducción
El principio pro homine
Debe tomar en cuenta todo lo probado ya sea por subsunción o por abducción
Necesidad de contradictoriedad para dictar la sentencia
Principio de congruencia de la sentencia
Principio de motivación de la sentencia

3. Elementos sustanciales de la determinación
de la pena en el dictado de sentencia
Los requisitos
Los motivos
La fundamentación de cada motivo

4. Obligación de motivar la sentencia con respecto a
la determinación de la pena del procesado

5. Porque se debe fundamentar la sentencia
penal sobre la determinación de la pena
Dar cumplimiento practico a los principios procesales
de publicidad y oralidad
Porque tiene un fin justificativo de la pena

6. La valoración de la personalidad del procesado en la
fijación de la pena es un arbitrio del juez reglado


CAPITULO CUARTO
LEGISLACIÓN PENAL BOLIVIANA Y DETERMINACIÓN DE LA PENA

1. La teoría de la pena que sigue la legislación boliviana boliviana

2. Clasificación de las penas

3. Elementos a considerar en la determinación de
la pena en la legislación penal boliviana

4. Elementos propiamente relativos a la personalidad del procesado

5. Elementos relativos a la víctima del delito

6. La Obligación de motivar la sentencia con respecto a la
determinación de la pena en la legislación procesal boliviana

7. La obligación de fijar la pena de acuerdo a los fines de
la pena en la legislación penal


CAPITULO QUINTO
LEGISLACIÓN COMPARADA
Y DETERMINACIÓN DE LA PENA
1. Legislación argentina
2. Legislación mexicana
3. Legislación del Perú

CONCLUSIONES

BIBLIOGRAFÍA 

martes, 12 de abril de 2011

Hay 1.400 niños privados de libertad en todo el país

El defensor del Pueblo, Rolando Villena, lamenta que al menos 1.400 niños en Bolivia vivan privados de libertad junto con sus padres, sin haber cometido ningún delito.
“Los menores que viven en cárceles llegan hasta más de 1.400, debería ser motivo de escándalo, eso es muy peligroso, son hechos que ponen en evidencia la vulneración flagrante del derecho a la dignidad e integridad física y psicológica de los niños, porque si bien sus padres son privados de libertad, estos niños sin tener sentencia también son encerrados porque están obligados, los padres dicen que los necesitan”, manifiesta.
Considera “grave” que el pre-diario de 5,50 bolivianos, en algunos casos de internos, sea su único ingreso y deba compartirse con uno o más hijos; además, del problema de hacinamiento en el que habitan.
“Cuando uno habla con un psicólogo, dice que en cualquier escenario es mejor que los niños estén con sus padres, pero amerita trabajar concienzudamente con los progenitores, el Estado y otras instituciones para hacer un pacto social en beneficio de esta población, para no romper la relación de los niños con sus padres, y al mismo tiempo, darles oportunidad para que se desarrollen en otro escenario”, sugiere el defensor.

Desde la Defensoría del Pueblo, una primera tarea que se cumple es la visibilización del tema de los infantes y adolescentes en las cárceles del país, los mismos y sus madres privadas de libertad son motivo de un estudio para su posterior publicación.
Segundo, los hijos de presos serán incluidos en el trabajo general con la niñez que desarrolla esa institución para realizar un acompañamiento y seguimiento a esta población

Fuente: (marzo 2011)

viernes, 8 de abril de 2011

Ley de Fronteras dispone cárcel por contrabando de combustible (Ley Nº 100)

Sobre la ley de Fronteras, Habla el Vicepresidente de Bolivia.